Ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana
Se convocan para el ejercicio presupuestario 2026, las ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana, reguladas mediante la Orden 10/2023, de 4 de mayo, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.
El plazo de presentación de las solicitudes para la convocatoria del ejercicio 2026 comienza el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (22/11/2025) y finaliza el 30 de enero de 2026.
A la solicitud se adjuntará Memoria descriptiva, según modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Generalitat y que en el caso de inversiones en infraestructuras que requieran licencia municipal de obras mayores deberá estar suscrita por un profesional competente y el correspondiente Plan de inversiones.
Inversiones subvencionables clasificadas por su finalidad:
- Grupo A. Mejora de la bioseguridad y condiciones higiénico-sanitarias
- Grupo B. Mejora del bienestar de los animales y seguridad de la explotación
- Grupo C Promoción de la extensificación, de la bioeconomía circular sostenible, del aprovechamiento de recursos naturales, y la reorientación de la producción, así como el fomento de la ganadería ecológica.
- Grupo D. Reducción de costes, mejora de la calidad del producto final, eficiencia energética, ahorro de agua y energía y la implantación de energías sostenibles.
- Grupo E. Reducción de impacto ambiental y de la emisión de gases invernadero y mitigación y adaptación al cambio climático.
Las ayudas cubrirán los costes subvencionables siguientes:
a) Los costes para la construcción o mejora de bienes inmuebles, incluidas las inversiones en cableado interno pasivo o cableado estructurado para redes de datos y, si es necesario, la parte auxiliar de la red pasiva en propiedad privada fuera del edificio, pero dentro de los límites de la explotación.
b) La compra de maquinaria y equipos hasta el valor de mercado de los bienes.
c) Los costes generales vinculados a los anteriores gastos que no supere el 10% de los costes subvencionables totales de la operación de que se trate, tales como de ingenieros y asesores, honorarios relacionados con el asesoramiento sobre sostenibilidad medioambiental y económica, incluidos los estudios de viabilidad si sobre la base de sus resultados, no se incurre en ningún gasto en virtud de las letras a) y b).
d) La adquisición, desarrollo o uso de software informático, soluciones en la nube o similares para la gestión ganadera y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas relacionados con la gestión ganadera.
e) La compra de animales de producción y reproducción exclusivamente en el caso de catástrofes naturales para restablecer el potencial productivo hasta el nivel existente antes de que se produjeran los desastres naturales o fenómenos climáticos adversos asimilables.
RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan de forma anticipada, para el ejercicio 2026, las ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana.