El COIAL logra la suspensión cautelar de una licitación estatal publicada por la Dirección General del Agua del MITECO

En el COIAL seguimos defendiendo activamente los derechos profesionales de la Ingeniería Agronómica allí donde detectamos planteamientos que pueden restringir injustificadamente el ejercicio de la profesión. Una labor constante que, en muchas ocasiones, se traduce en actuaciones jurídicas concretas y en resoluciones que marcan precedentes relevantes para nuestros colegiados.

En este contexto, hemos obtenido recientemente la suspensión cautelar de un procedimiento de contratación pública estatal, tras interponer un recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC).

Asistencia técnica a una obra para modernización de regadíos

El recurso se dirigía contra los pliegos de un contrato promovido por la Dirección General del Agua del MITECO relativo a los servicios de asistencia técnica a la dirección de obra, control y vigilancia y coordinación de seguridad y salud de las obras de modernización de regadíos en la Acequia Real del Júcar, en el término municipal de Alginet (Valencia).

Mediante resolución de fecha 18 de diciembre de 2025, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha acordado conceder la medida cautelar solicitada por el COIAL, consistente en la suspensión del procedimiento de contratación mientras se analiza el fondo del recurso interpuesto.

Perjuicios de difícil o imposible reparación

El Tribunal aprecia que, de continuar la tramitación de la licitación, podrían producirse perjuicios de difícil o imposible reparación, especialmente en el supuesto de que el recurso fuera finalmente estimado. Por este motivo, decide paralizar cautelarmente el procedimiento para preservar la eficacia de la resolución que se dicte en su momento.

Esta suspensión cautelar no implica la anulación del procedimiento, pero impide que la Administración continúe avanzando en la licitación hasta que el Tribunal se pronuncie de forma definitiva sobre el fondo del asunto.

Qué supone realmente esta suspensión

Desde un punto de vista práctico, la decisión del Tribunal implica que el procedimiento queda administrativamente congelado. No puede avanzar hacia fases de valoración de ofertas, adjudicación ni formalización del contrato.

Esto garantiza que, en caso de que el recurso del COIAL sea estimado, la eventual corrección de los pliegos no llegue cuando el procedimiento ya esté cerrado, evitando así que la defensa de las competencias profesionales quede vacía de contenido.

Además, es importante recordar que este tipo de medidas cautelares no se conceden de forma automática. El Tribunal solo las acuerda cuando aprecia que el recurso plantea cuestiones de fondo que merecen un análisis riguroso y que podrían verse frustradas si el procedimiento siguiera su curso ordinario.