Medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Islas Baleares
Decreto ley 8/2025 , de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Islas Baleares.
El 5 de diciembre de 2025, el Consell de Govern de las Illes Balears aprobó el Decreto ley 8/2025, que establece medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica.
El decreto crea un nuevo marco normativo, con la figura de los Proyectos de Especial Interés Estratégico (PEIE), se pretende conciliar el mantenimiento del sector turístico con una reducción de los costes derivados de la insularidad y con el fomento de sectores económicos alternativos, especialmente en el ámbito de las nuevas tecnologías y el conocimiento, y la reactivación de la agricultura y la industria, con el fin de diversificar y reforzar la economía con más inversión y valor añadido.
Podrán ser declaradas PEIE, las inversiones de promotores privados que se desarrollen principalmente en las Islas Baleares, con especial relevancia y contribución a la competitividad, a la transformación del modelo económico, al desarrollo sostenible o al bienestar social, y que se puedan enmarcar en alguna de las categorías siguientes:
…
e) Las que potencien la gestión de residuos de las Islas Baleares, así como la mejora de la gestión del ciclo del agua.
f) Las relativas a usos agrarios, según la normativa sectorial autonómica.
g) Cualquier otra que suponga un desarrollo de actividades económicas coherentes o alineadas con las orientaciones estratégicas establecidas por el Gobierno de las Illes Balears en el instrumento de planificación estratégica de inversiones.
En el caso de las inversiones en materia de agricultura o ganadería, pueden ser promotores los titulares de una explotación agraria que sea profesional o prioritaria, las sociedades agrarias de transformación y las cooperativas agrarias, tanto de primer como de segundo grado.
A los efectos de este Decreto ley, se considera inversión el gasto en alguno de los ámbitos siguientes:
a) Activos tangibles: materias primas, maquinaria, infraestructuras, tecnología, equipamientos y edificios.
b) Capital humano: el relativo a la formación, la salud y las habilidades para potenciar las capacidades de las personas.
c) Capital medioambiental: el que incide en la protección y la mejora del medio ambiente, incluidos los recursos hídricos.
d) Capital de innovación: el que incide en la creación y el desarrollo de tecnologías avanzadas que ayuden a diversificar la economía y fortalecer la competitividad.
e) Capital social: el que promueve el bienestar, la igualdad de oportunidades y la cohesión social.
Ver BOIB Núm. 161 – 6 / Diciembre / 2025 Decreto ley 8/2025 de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Islas Baleares