ESP, Legislación20/01/2022

Aprobado Real Decreto para reducir la contaminación por nitratos y reforzar la protección de las masas de agua más vulnerables

  • Establece criterios más ambiciosos para identificar mejor las aguas afectadas por nitratos y determina umbrales más exigentes para su designación como zonas vulnerables.
  • La aplicación de la nueva normativa aumentará en un 50% la superficie de las zonas protegidas, lo que requerirá programas de actuación más rigurosos e incluirá limitaciones al uso de fertilizantes

Se actualiza así la transposición a la legislación española de la Directiva europea contra la contaminación producida por los nitratos de origen agrario, aprobada inicialmente hace más de 25 años

Esta nueva norma modifica y renueva la transposición a la legislación española de la Directiva europea relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, que fue aprobada inicialmente hace ya más de 25 años. La citada directiva impone a los Estados miembros la obligación de identificar las aguas afectadas por este tipo de contaminación, vigilando la concentración de nitratos a través de estaciones de muestreo. También establece criterios para designar como zonas vulnerables las superficies cuyo drenaje dé lugar a la contaminación por nitratos y para poner en funcionamiento programas de actuación coordinados con las actividades agrarias.

OBJETIVOS DE LA NORMATIVA EUROPEA

La Unión Europea considera la contaminación de origen difuso como un problema central en sus políticas ambientales y agrarias. Por ello, ha planteado estrategias como la llamada “De la granja a la mesa”, alineada con la Estrategia de Biodiversidad para 2030 del Pacto Verde Europeo, que contribuyen a afrontar este problema.

PRINCIPALES NOVEDADES

La actualización del real decreto establece criterios más ambiciosos que los actuales para identificar mejor las aguas afectadas por nitratos y determina umbrales más exigentes para la declaración de aguas afectadas y, consecuentemente, para la designación de zonas vulnerables. Por ello, también se estudiarán las presiones agropecuarias, urbanas y otras que puedan considerarse significativas, así como los impactos registrados sobre las aguas.

Estos criterios se alinean con los contemplados en la Directiva Marco del Agua para definir el buen estado de las aguas en cuanto a los límites admitidos para la concentración de nutrientes en las aguas superficiales y subterráneas, continentales, costeras y de transición.

La aplicación de la nueva norma conllevará un incremento de hasta el 50% de la superficie de las zonas protegidas que se han identificado como vulnerables a este tipo de contaminación. Sobre ellas se desarrollarán programas de actuación más exigentes, incluyendo limitaciones específicas sobre fertilización vinculadas a las que se regulen en la planificación hidrológica.

La normativa también incrementa significativamente la densidad de estaciones de control y aumenta el número y frecuencia de los muestreos en las aguas para analizar su contenido en nitrógeno y otros contaminantes asociados. Asimismo, establece medidas adicionales y acciones reforzadas para revertir la contaminación existente.

Además, se asume el compromiso de hacer pública toda esa información para que pueda ser usada por los ganaderos y agricultores para ajustar sus pautas de fertilización. De esta forma, se exige la preparación de un informe cuatrienal que analice la eficacia de las medidas que se contemplen, que se remitirá a su vez a la Comisión Europea.

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