Ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+)
Real Decreto 609/2026, por el que se regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+), en el marco del el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
Líneas subvencionables
- Línea 1 destinada a personas físicas que no realicen actividad económica. Adquisición directa de vehículos. Limitadas a un vehículo por beneficiario.
- Línea 2 destinada a empresas y autónomos. Adquisición directa en leasing o renting (contrato mínimo de 3 años). Máximo 10 vehículos en el caso de empresas y de 3 vehículos en el caso de personas físicas que desarrollen actividad económica.
Categorías elegibles de vehículos
Turismos (M1), furgonetas o camiones ligeros (N1), motocicletas (L3e, L4e, L5e), cuadriciclos ligeros (L6e) y pesados (L7e). Excluidos autocares y autobuses (M2 y M3) y camiones y furgones (N2 y N3).
Deberán tener la etiqueta CERO en una de las siguientes modalidades: eléctricos puros (batería y célula de combustible) y electrificados (autonomía extendida e híbridos enchufables).
Para la convocatoria correspondiente al año 2026, se aceptarán como vehículos subvencionables los vehículos nuevos matriculados por primera vez a nombre del beneficiario en una fecha igual o posterior al 1 de enero de 2026, y otros vehículos cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya efectuado con fecha igual o posterior al 1 de enero de 2025, siempre que cumplan con el resto de los requisitos establecidos en el Real Decreto.
Importes máximos de ayudas directas (Anexos II y III del Real Decreto)
- Línea 1: M1 (4.500 €), N1 (5.000 €), motocicletas (1.100 €) y cuadriciclos (1.500 €)
- Línea 2 (Aplicación Régimen de minimis)
- Autónomos o microempresas: M1 (6.000 €), N1 (7.500 €), motocicletas (1.100 €) y cuadriciclos (1.500 €).
- Resto de empresas: M1 (4.500 €), N1 (5.000 €), motocicletas (1.100 €) y cuadriciclos (1.500 €).
- Convocatorias cofinanciadas para el Fondo Social para el Clima (autónomos y microempresas de CNAE elegibles solo para vehículos ligeros de emisión cero): M1 (7.000 €), N1 (12.000 €), motocicletas y cuadriciclos (2.000 €).
Ayuda efectiva
La ayuda efectiva se calcula como un porcentaje de los importes máximos, sumando tres criterios, conforme el Anexo II del Real Decreto:
- Eléctrico: 50 % puros / 25 % autonomía extendida e híbridos enchufables.
- Económico (M1: 25 % con precio hasta 35.000 € y 15 % por encima, resto vehículos: 25%)
- Europeo (15 % por montaje en la UE y 10 % adicional por proceso de fabricación de batería en la UE).
Solo un eléctrico puro de menos de 35.000 € fabricado en la UE llega al 100 %.
Próxima convocatoria 2026
Cuando se publique la convocatoria se abrirá un plazo de presentación de solicitudes hasta como máximo el 15 de octubre de 2026 (posibilidad de ampliarse hasta el 31 de diciembre si hay crédito disponible).
Las subvenciones se otorgarán a las solicitudes que cumplan con todos los requisitos por orden de presentación de las solicitudes, hasta agotarse el presupuesto disponible en cada convocatoria.
La presentación de las solicitudes de ayuda se realizará a través de un sistema telemático de gestión (STG) del Ministerio de Industria y Turismo.
Vigencia del Programa Auto+ hasta el 31 de diciembre de 2030.