La factura electrónica obligatoria no llegará hasta octubre de 2028
Hacienda retrasa también Verifactu a la misma fecha. Ignacio Espíritu, asesor fiscal del COIAL, explica a qué deben atenerse los colegiados, ejerzan como autónomos o a través de una sociedad
Tras años de anuncios, rectificaciones y fechas que nunca llegaban a cumplirse, la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales ya tiene calendario: octubre de 2028. El reloj se puso en marcha el 5 de octubre, con la publicación en el BOE de la Orden HAC/1028/2026, y deja dos años de margen tanto a los colegiados que ejercen por cuenta propia como a los que lo hacen a través de una sociedad. Ignacio Espíritu, asesor fiscal del COIAL, detalla qué cambia, qué se aplaza y qué se puede hacer ya.
La orden no marca un día en el calendario, sino que activa una cuenta atrás. Regula la solución pública de facturación electrónica, la plataforma gratuita que gestionará la Agencia Tributaria, y su entrada en vigor, el 6 de octubre, da inicio a los plazos del Real Decreto 238/2026: doce meses para las empresas que facturan más de ocho millones de euros al año y veinticuatro para todos los demás. En ese segundo grupo, el de octubre de 2028, la obligación no distingue por la forma de ejercer. Afecta a «empresarios y profesionales, por eso da igual persona física o jurídica», aclara Espíritu.
El margen, explica el asesor, busca que las empresas se adapten al programa gratuito y público o, si trabajan con uno privado, que lo ajusten a lo que establece la orden. Quien facture con una plataforma privada tendrá que remitir a la plataforma pública una copia fiel de cada factura en el momento de emitirla.
VERIFACTU SE MUEVE AL MISMO COMPÁS
El aplazamiento arrastra consigo a Verifactu, el sistema que exige incorporar un código y una huella a cada factura emitida. Su estreno estaba previsto para el 1 de enero de 2027 en las sociedades y para julio de ese mismo año en el resto, y Hacienda ha anunciado que lo retrasa también a octubre de 2028. La norma está pendiente de publicación, pero su propósito, según Espíritu, es «unificar la entrada en vigor de la facturación electrónica con la obligatoriedad de hacer la factura mediante Verifactu». A quien lo dé por enterrado le advierte de que «no desaparece, se vuelve a aplazar hasta octubre del 28».
Cuando llegue esa fecha, los dos sistemas se repartirán el trabajo. «Verifactu se va a quedar cuando no haya obligatoriedad de hacer una factura electrónica y la factura electrónica va a ser para operaciones B2B. Es decir, si yo emito una factura a un particular no tiene que pasar por facturación electrónica, pero sí que tendrá que tener su código de Verifactu», resume. El ingeniero agrónomo que facture a una empresa, a una cooperativa o a otro profesional lo hará con factura electrónica, aunque sea autónomo. El que facture a un particular seguirá como hasta ahora, con el código de Verifactu añadido.
LO QUE FACTURAE DEJABA EN EL LIMBO
La factura electrónica no es una desconocida para quien trabaja con el sector público. «Facturae es el sistema que existe en la actualidad de facturación electrónica que obliga a la facturación con las administraciones públicas fundamentalmente», recuerda el asesor. Su alcance, sin embargo, es corto: «Yo emito la factura, a mí el sistema me dice que ha sido aceptada o rechazada, pero nada más. Después ya se queda en el limbo el tema de si la cobro o no la cobro».
Ese vacío es el que viene a cubrir la nueva plataforma. La orden obliga al destinatario de la factura a comunicar si la rechaza y en qué fecha la ha pagado por completo, una exigencia que nace de la lucha contra la morosidad. «Yo, receptor de la factura, voy a tener que subir obligatoriamente la fecha de pago», explica Espíritu. Ya no bastará con haberla aceptado. Habrá que volver a la plataforma y decir «esta factura la acepté en fecha tal, que eso ya se sabe, pero la he pagado en fecha cuál». Para los profesionales que ejercen como persona física y no superan los ocho millones de facturación, el real decreto mantiene esa comunicación como voluntaria durante los doce primeros meses.
FACTURAR DESDE LA WEB DE HACIENDA
Hasta que llegue 2028 hay una vía que ya está abierta y que Espíritu recomienda a quien emite pocas facturas: hacerlas directamente en la web de la Agencia Tributaria, en el SIF (Sistema Informático de Facturación). «No subir el libro registro ni subir las facturas, sino directamente facturar a través de Hacienda», precisa. Él mismo la ha probado y reconoce que el arranque exige paciencia, porque hay que introducir todos los datos y «la primera vez sí que duele». Después el sistema los conserva en una base de datos y cada nueva factura sale con mucho menos esfuerzo.
Su consejo se dirige a quien no pase de unas 200 facturas al año. La declaración trimestral del IVA hay que seguir presentándola igual, pero la facturación queda resuelta sin programas de pago. La nueva orden mantiene esa puerta abierta, ya que la solución pública incluirá un formulario gratuito para generar las facturas una a una.
Octubre de 2028 parece lejano, pero el ejercicio libre de la ingeniería agronómica se factura en buena medida a otras empresas, justo el terreno donde la factura electrónica será norma. Dos años bastan para elegir herramienta, probarla y llegar a la fecha con el sistema rodado.
Si quieres resolver alguna duda puedes ponerte en contacto con el servicio de asesoría gratuita que te proporciona el COIAL a través de:
Anverso Estudio Jurídico Económico.
Ignacio Espíritu Navarro Teléfono: 963225451