25/06/2020

La UE modifica los límites máximos de determinados residuos de plaguicidas en alimentos y piensos

Fuente: Valencia Fruits

La Unión Europea ha modificado la normativa relativa a los límites máximos de residuos de determinados residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal, según el Diario Oficial de la UE (DOUE). Un reglamento de la Comisión Europea, publicado este viernes (19 de junio) en el DOUE, modifica dos anexos de un reglamento del Parlamento y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de ciertas sustancias en distintos productos.

Concretamente, se refiere a los de ciantraniliprol, ciazofamida, ciprodinilo, espinetoram, fenpiroximato, fludioxonil, fluxapiroxad, imazalil, isofetamida, cresoximmetilo, lufenurón, mandipropamid, propamocarb, piraclostrobina, piriofenona y piriproxifeno.

El reglamento toma en cuenta los nuevos límites máximos de residuos aprobados en julio de 2019 por la Comisión del Codex Alimentarius, encargada de dictar normas alimentarias a nivel internacional.

Fertilizantes

El Consejo de Ministros aprobó el 16 de junio, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, una nueva norma sobre comercialización de los fertilizantes en la Unión Europea, para incluir en la legislación vigente las últimas disposiciones del Reglamento UE en la materia.

Se introducen así algunos requisitos como la designación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación como “autoridad notificante”, responsable de establecer y aplicar los procedimientos necesarios para la evaluación de los fertilizantes, de forma que cumplan lo establecido en el Reglamento comunitario y puedan incluir la marca CE en los productos que se comercialicen en la Unión Europea.

También se especifican las condiciones que deben cumplir los organismos que desempeñan las actividades de evaluación sobre el cumplimiento de los preceptos del Reglamento UE y se designa a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) como organismo que evaluará y hará el seguimiento de las entidades que certifiquen la conformidad de los abonos UE.

La norma aprobada no afecta la vigencia del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes, que tiene por objeto establecer la normativa básica en materia de productos fertilizantes nacionales y las normas necesarias de coordinación con las comunidades autónomas.

PAC

La Comisión Europea ha revisado el porcentaje de ajuste para asignar los importes de los pagos directos de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC) que superen los 2.000 euros de 2020. En concreto, se reduce, aplicándoles un porcentaje del 2,140411%, según ha publicado este lunes (22 de junio) el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) en un Reglamento de Ejecución. Esa reducción no se aplicará a Croacia.

La normativa indica que debe fijarse un porcentaje de ajuste de los pagos directos cuando las previsiones para la financiación de las medidas financiadas en el marco de este sublímite para un ejercicio determinado indiquen que se van a superar los límites máximos anuales aplicables.

El reglamento recuerda que las previsiones preliminares para los pagos directos y los gastos relacionados con el mercado para el ejercicio financiero 2021 indican la necesidad de disciplina financiera por un importe de 647,2 millones de euros, que incluye un importe para la reserva para crisis en el sector agrícola de 487,6 millones a precios corrientes.

Para cubrir dicho importe, el mecanismo de disciplina financiera debe aplicarse a los pagos directos en lo que respecta al año 2020.