Nueva regulación del Registro de producción y gestión de residuos (RPGR)
El Real Decreto 764/2026, de 30 de septiembre, por el que se regula el Registro de producción y gestión de residuos, fue publicado en el BOE el 1 de octubre y entró en vigor el 2 de octubre de 2026.
El nuevo sistema regula la estructura, el contenido y la gestión del Registro por parte de las diferentes autoridades competentes en materia de residuos en España, en desarrollo de la Ley 7/2022. Busca unificar y mejorar la información relativa a los productores, gestores, agentes y negociantes de residuos en todo el territorio nacional.
Entre sus principales novedades se encuentra la creación de códigos específicos de inscripción en función del tipo de operador, la actividad desarrollada y la peligrosidad de los residuos. Además, determinada información del Registro tendrá carácter público en los términos que se establezcan reglamentariamente. Con la Orden TED/1024/2026 (publicada el 3 de octubre), se determina qué parte de los datos del registro pasa a ser de consulta pública.
Las empresas no tendrán que realizar directamente la inscripción ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Los trámites continuarán realizándose ante la comunidad autónoma correspondiente, generalmente mediante una comunicación previa o una autorización ambiental, en función de la actividad desarrollada.
Una vez presentada y validada la documentación, será la propia Administración autonómica la encargada de realizar la inscripción y trasladar la información al Registro estatal.
Uno de los aspectos más relevantes de la nueva regulación es la obligación de mantener actualizados los datos inscritos. Las empresas deberán comunicar electrónicamente las modificaciones que se produzcan en la información previamente declarada (cambio de titularidad, de sede social, de códigos LER, de capacidad o de operaciones).