Plataforma10/05/2024

Nueva regulación del sistema de peritaciones del reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunitat Valenciana

El 3/02/2023 se publicó en el DOCV la ORDEN 1/2023, de 31 de enero, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, sobre organización y funcionamiento del procedimiento para la puesta a disposición de los órganos judiciales y del Ministerio Fiscal del servicio de asistencia pericial, para su intervención en los procedimientos judiciales.

Nueva regulación del sistema de peritaciones cuyo coste deba asumir la Generalitat, que desarrolla el Título V del reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunitat Valenciana, y que permita conjugar la mejora en la prestación del servicio.

NOVEDADES:

Se aplica a las periciales solicitadas a partir del 3 de mayo de 2023, para las solicitadas anteriormente sigue en aplicación la orden de 23 de julio de 2001.

La Orden desarrolla el Título V del Decreto 175/2021, de 29 de octubre, del Consell, de aprobación del reglamento de asistencia jurídica gratuita,

La principal novedad la introducción del pago por baremo, en función de la titulación profesional de quien realiza la pericia. Para calcular los nuevos baremos se han tenido en consideración varios extremos. Por un lado, la variación de la cuantía a pagar al profesional en función de la titulación de la persona que realiza la pericia. Esta cuantía incluye el tiempo invertido en la realización de la pericia y los gastos necesarios para su realización.

Se establece la tramitación y abono de gastos de las pruebas periciales realizadas por personal técnico privado. Pago por baremo.  Cuando el servicio de asistencia pericial se efectúe por personal técnico privado perteneciente a colegio profesional, el profesional deberá presentar ante su respectivo colegio, justificante de la designación telemática efectuada por el órgano judicial (o modelo Anexo II cuando no haya podido efectuarse la designación por medios telemáticos) y el modelo normalizado de acreditación del servicio prestado que figura como Anexo III de la orden, debidamente cumplimentado por el órgano judicial o fiscalía.

Los importes económicos establecidos en el baremo que figura como Anexo I son:

ANEXO I / BAREMO DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA

TITULACIÓN IMPORTE (IVA no incluido)
GRUPO I Hasta 800 euros

ESPECIFICACIONES

  1. La retribución máxima por hora trabajada, IVA no incluido, será:
  • 40 €/hora, para el personal técnico con titulación de Grupo I.
  1. La limitación general máxima es de 20 horas para la realización de la pericia.
  2. Para la consideración de la especial complejidad se estará a lo dispuesto en el artículo 9.1 de la orden 1/2023, de 31 de enero.

 

Consulta la PLATAFORMA

Valoraciones e Informes

INFORMES

Normativa