Plataforma18/11/2021

Registro electrónico de transacciones y operaciones (RETO)

De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, y en el artículo 25 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, el MAPA ha creado una aplicación informática para facilitar su cumplimiento por parte del sector mediante el Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con Productos Fitosanitarios (RETO).

Desde el 11 de noviembre, es obligatorio registrar las transacciones de productos fitosanitarios en el Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con Productos Fitosanitarios (RETO). Esta aplicación informática desarrollada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite el registro de la información en tiempo real y garantiza una trazabilidad integral de la cadena de suministro de productos fitosanitarios.

El Real Decreto 285/2021 recoge las condiciones de almacenamiento de los productos fitosanitarios, donde además de las condiciones generales se incluyen las condiciones de almacenamiento de productos fitosanitarios de uso profesional en la distribución y venta, en las empresas de tratamientos y en las explotaciones agrarias, así como en los establecimientos donde se comercializan productos fitosanitarios de uso no profesional.

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